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Senado reduce tiempo para solicitar pensión de personas desaparecidas

Con 80 votos a favor, se aprobaron las modificaciones al artículo 137 bis de la Ley del Seguro Social, a fin de abordar los casos en que un trabajador desaparece a causa de la delincuencia o muere sin que se conozca su paradero.

Radio Fórmula
15/12/16

Senado reduce tiempo para solicitar pensión de personas desaparecidas

Ciudad de México.- El Senado aprobó reformas al artículo 137 bis de la Ley del Seguro Social, en las que se establece que si un pensionado desapareciera de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares con derecho a pensión disfrutarán de ella en los términos aplicables.

El Senado de la República aprobó una reforma a la Ley del Seguro Social, que permitirá a familiares de personas desaparecidas en el transcurso de un mes, acceder a la pensión respectiva del IMSS, se informó en el espacio de Paola Rojas en Fórmula.

Con 80 votos a favor, se aprobaron las modificaciones al artículo 137 bis de la Ley del Seguro Social, a fin de abordar los casos en que un trabajador desaparece a causa de la delincuencia o muere sin que se conozca su paradero.

Con el marco legal actual, pueden pasar hasta seis años para que sus familiares accedan a la jubilación correspondiente.

El argumento de la reforma aprobada y enviada a la Cámara de Diputados, es que si un pensionado desapareciera de su domicilio por más de un mes, sin que se tengan noticias de su paradero, los familiares con derecho a pensión disfrutarán de ella en los términos aplicables.



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