Sección

Sinaloa | Norte

¿Cuáles son las diferencias entre emergencia sanitaria y contingencia sanitaria?

El Delegado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en el Norte de Sinaloa señaló que trae un efecto a la percepción del sueldo.

Víctor Acosta
27/04/20

¿Cuáles son las diferencias entre emergencia sanitaria y contingencia sanitaria?

FOTO: Víctor Acosta.

Los Mochis, Sin. – El 30 de abril vence el plazo de la emergencia sanitaria que emitió el Gobierno Federal, por los efectos del Covid-19, por lo que una vez terminado el periodo, la autoridad deberá dar a conocer una nueva declaratoria, la cuál puede ser la misma, es decir, la extensión de la “emergencia sanitaria” o, bien, cambiarla a una “contingencia sanitaria”.

En relación a las diferencias que existen entre las dos modalidades, respecto a la relación obrero-patronal, el Delegado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en el Norte de Sinaloa precisó que es, básicamente, la concepción del sueldo.

Gabriel Olivas Bracamontes puntualizó que en una “emergencia sanitaria”, que es la que actualmente se encuentra vigente, el patrón está obligado a mandar a sus trabajadores durante un mes a casa, con el pago íntegro de su salario, mientras que en una “contingencia sanitaria”, el trabajador recibirá, en no más de 30 días, el pago del salario mínimo.  

“Entró el 30 de marzo y se vence el 30 de abril. Ya partir de esa fecha, el gobierno tiene que dar otra declaración, no sé cuál irá a dar, si va a ser la misma o va a cambiar.  Vamos a esperar en su momento que se venza esta declaratoria de emergencia sanitaria y si el gobierno continúa con la misma declaratoria o la va a cambiar a una contingencia, puede ser cualquiera de las dos, pero eso depende del Gobierno Federal”, expresó.

En ese sentido, el delegado precisó que cualquiera que sea la determinación de la autoridad federal y que depende en gran manera de los efectos del virus, los trabajadores deben tener la garantía de que las instancias de gobierno correspondientes están para velar que se cumpla con las responsabilidades patronales, pues lo que se busca es que no haya sustento legal, para justificar despidos.

Agregó que los empleados deberán de estar muy atentos a la próxima declaratoria, pues de ello dependerá la modalidad de sueldo que percibirán en el tiempo que todavía falta en periodo de cuarentena.

Te puede interesar:

    ×