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Si se comprueban, préstamos y transferencias bancarias no pueden considerarse como ingresos

Para que el SAT considere este capital como un ingreso primero debe de recurrir a la auditoría, en la cual un contribuyente puede “defenderse” y comprobar que no se trata de un ingreso ni pagar impuestos por ellos.

Alexis Morales
24/07/21

Si se comprueban, préstamos y transferencias bancarias no pueden considerarse como ingresos

Mazatlán, Sin.- En días recientes, comenzó a circular la noticia de que el SAT podría considerar como ingresos los préstamos o transferencias bancarias de los contribuyentes.

Al respecto, el Contador Público Claudio Osuna Acosta enfatiza en que el Código Fiscal de la Federación considera como ingresos todos los depósitos hechos en cuentas bancarias, salvo que se demuestre lo contrario.

Señaló que esta situación no es nueva y que no hay nada que temer siempre y cuando se sea capaz de comprobar ante el SAT que los ingresos no fueron percepciones por ejercer otra actividad económica, sino que fueron por préstamos, donaciones o transferencias entre cuentas, ya sean propias o desde terceros.

“Creo yo que no es nada preocupante para las personas que tienen en un momento dado una manera de comprobar - de manera fehaciente y verdadera - que los depósitos que están manifestados son traspasos entre cuentas propias o en su caso son préstamos reconocidos, o que en un momento dado se puedan demostrar que no son un ingreso porque además no se está incrementando el haber patrimonial”, destacó.

Asimismo, señaló que para que la autoridad tributaria pueda considerar este capital como un “ingreso” primero debe de ejercer sus facultades de comprobación, es decir, las auditorías, proceso en el cual el contribuyente tiene la oportunidad de recabar y presentar los comprobantes que demuestren que tales percepciones no son ingresos como tal.

A su vez, Osuna Acosta llamó a los contribuyentes a mantenerse en regla, evitar caer en alarma ante cierta información que no sea de fuente confiable y recomendó estar asesorados ante un contador y un abogado fiscalista.

En caso de no poder acudir con ciertos especialistas, señaló que se puede buscar asesoría gratuita ante el SAT, PRODECON o ante el Colegio de Profesionistas en Contaduría Pública Del Sur de Sinaloa.

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