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En 2023, más de 600 mexicanos cambiaron su nombre; este fue el principal motivo

La investigación fue publicada por la Plataforma Nacional de Transparencia; presuntamente estos son los nombres más populares que fueron modificados

En 2023, más de 600 mexicanos cambiaron su nombre; este fue el principal motivo

Foto: Especial

Registrar a tu hijo es una obligación de todos los padres, incluso ya puedes modificar el orden de los apellidos en Sinaloa. No obstante, no todos están conformes con su nombre, por lo que puedes cambiarlo. Este año, más de 600 personas han realizado la modificación.

La información fue proporcionada por la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), en la que indicaron que por lo menos 634 realizaron el cambio de nombre hasta el corte de noviembre de 2023.

El informe subrayó que principalmente los ciudadanos querían el cambio de nombre debido a que recibían burlas. Otra de las justificaciones era que estaban mal escritos, por lo que necesitaban precisión.

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De acuerdo con lo dicho por la Plataforma Nacional de Transparencia, todas las oficinas de Registro Civil de la República Mexicana reportaron un incremento con respecto al año pasado. Durante el 2022, hubo 243 solicitudes de cambio; hasta el penúltimo mes del año, habrían hasta 634 casos.

De manera extraoficial, se dice que hubo solicitudes por nombres como Shrek Cacerolo, Culebro, Marciana y Telésforo. Cabe recordar que hace un par de meses se hizo virtual una supuesta lista de nombres prohibidos por el Registro Civil,  pero resultó ser una broma.

Lo cierto es que el Registro Civil puede impedir el nombramiento, si el agente en turno así lo considera. No obstante, eso queda a valoración de cada trabajador. 

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¿Qué documentos necesito para cambiar tu nombre?

Si requieres un cambio de nombre, ya sea porque está mal escrito, te genera burlas o ya no te sientes identificado con el mismo, debes tener los siguientes documentos: identificación oficial (INE, cédula profesional, cartilla militar), copia del acta de nacimiento, comprobante de domicilio (no mayor a tres meses).

La lista sigue con copia certificada del acta de nacimiento del padre o tutor, carta poder firmada de dos testigos. La cuota depende del estado, por lo que no hay una cifra que pueda englobar todos los casos. 

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