México
SAT multará a contribuidores que no cumplan este requisito en 2023
Los registrados tendrán lo que resta del año para poder completar este procedimiento, de lo contrario recibirán una importante sanción monetaria
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) prepara multas para todos aquellos que no cumplan con este importante requisito antes de concluir 2023. Aquí te contamos cuál es y cómo resolverlo fácilmente. También te puede interesar: esto retiene el SAT si ganas la Lotería Nacional.
A días del inicio del último mes del año, es importante estar al tanto de las obligaciones fiscales con el SAT. Por ello, han dado anunció previamente a los contribuyentes sobre la necesidad de activar el Buzón Tributario.
El Buzón Tributario del SAT es un modo en el que la institución y el ciudadano mantienen una comunicación constante. Al igual que un correo electrónico, en dicha pantalla podrás saber todas las novedades con respecto al ejercicio fiscal.
Más allá de ser un modo de contacto, el Buzón Tributario se compone de dos métodos de contacto al ciudadano. El no tenerlo activo se puede interpretar como ignorar los mensajes del SAT.
Ya sea el no registro o tener un correo electrónico y/o número telefónico no actualizados, la multa va desde los 3,080 hasta los 9,500 pesos mexicanos. Evita esta situación con este sencillo tutorial.
¿Cómo activar el Buzón Tributario del SAT?
El procedimiento es de lo más sencillo y puede ser realizado en la comodidad de tu hogar, pues no es necesario acudir a las oficinas. Los pasos a seguir son los siguientes:
Ingresa al portal del SAT e ingresos mediante tu RFC, contraseña o e.firma. Una vez dentro, localiza el sector que dice Buzón Tributario.
Elige la opción de configuración y actualiza tu información. Debes escribir por lo menos un correo electrónico y un número de teléfono; pueden ser más opciones, según sea tu caso.
Al ser introducidos al sistema del SAT, te mandarán un correo digital o un SMS para verificar tus medios de contacto. En la comunicación te darán un código que debes ingresar en el Buzón Tributario en un lapso no mayor a 72 horas. ¡Y listo!