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Arrancones en Culiacán: cuántas horas de arresto podrían dar a conductores

El Malecón Nuevo, topes y hasta arrestosn por varias horas por estas faltas al Bando.

Arrancones en Culiacán: cuántas horas de arresto podrían dar a conductores

FOTO: Luz Noticias

Las carreras clandestinas y arrancones en vialidades públicas son la constante en Culiacán y otras ciudades de Sinaloa, pero estas acciones de los amantes de la velocidad pueden llevarlos a la cárcel y pasar horas tras las rejas y pagar una multa por cometer un delito.

Los arrancones y carreras clandestinas en Culiacán en casi todos los municipios de Sinaloa, se les considera una falta administrativa o falta al Bando de Policía y Buen Gobierno en los que se rigen los gobiernos municipales.

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De acuerdo a esta reglamentación, que van de la mano de las Reglas de Tránsito, los arrancones y carreras clandestinas violan la ley de Tránsito, además de que exponen la vida de los conductores, que están propensos a sufrir y provocar un accidente de consecuencias fatales.

El Malecón Nuevo, la pista de moda

En Culiacán, la pista de moda es el Malecón Nuevo, una obra millonaria del Gobierno del Estado y del Municipio, que los amantes de la velocidad la tomaron de escenario ideal para pisarle al gas y jugar carreras y arrancones clandestinos.

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Por semanas esa vialidad fue el escenario de este tipo de competiciones, en donde sobran las apuestas, el alcohol y la fiesta, que es por lo que se llevaban llenos estos eventos que eran convocados por redes sociales.

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Según el Artículo 66 del Reglamento de Tránsito y el Bando de Policía y Buen Gobierno, los arrancones se consideran faltas al Régimen de Seguridad y Tranquilidad de la población.

Solo por esta falta administrativa es motivo de arresto y los conductores deben ser detenidos por agentes de la policía, remitirlos a la Barandilla y pasar tras las rejas de 12 a 30 horas.

También por estas acciones serán detenidos:

  •  I. Participar como conductor o acompañante de éste, en arrancones o carreras de vehículos automotor o promover o apoyar este tipo de actividades, en los lugares no permitidos por la autoridad; 
  • II. Hacer resistencia a un mandato legítimo de autoridad municipal o a los agentes; 
  • III. Quitar o destruir las señales instaladas para prevenir accidentes o peligros; 
  • IV. Conducir un vehículo en notorio estado de ebriedad o bajo el influjo de substancias psicotrópicas; 
  • V. Usar silbatos, sirenas, códigos, torretas o cualquier otro medio de los acostumbrados por la policía, bomberos, ambulancias y vehículos de seguridad privada para identificarse, sin tener autorización para ello; 
  • VI. Ingerir bebidas alcohólicas en el interior de un vehículo de servicio público de transporte en vía pública, y 
  • VII. Detonar armas de fuego de las que no estén prohibidas por la Ley, dentro de los centros poblados del municipio.

Las multas van de acuerdo a la falta cometida, que ascienden siempre a varios miles de pesos para poder recuperar la unidad que fue remitida junto al arresto en el lugar de los arrancones o carreras clandestinas.

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