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¿Se pierden tus vacaciones si no las tomas al año que te corresponden? Esto dice la LFT

El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los trabajadores tienen derecho a disfrutar de vacaciones anuales.

Kathya Zamacona
04/12/24

¿Se pierden tus vacaciones si no las tomas al año que te corresponden? Esto dice la LFT

Si bien la mayoría de los trabajadores esperan con ansias disfrutar de unos días de descanso, hay quienes dejan pasar sus vacaciones por lo que podría surgir la duda si este beneficio se pierde en caso de no tomarlas en el año que te corresponden, es por eso que aquí resolveremos tus dudas.

Según la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México, las vacaciones no se pierden si no se toman al año que te corresponden, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones.

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Foto: Cortesía 

El artículo 80 de la LFT establece que los trabajadores tienen derecho a disfrutar de vacaciones anuales, y que estas deben ser concedidas por el patrón dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.

Sin embargo, el artículo 81 de la LFT establece que si el trabajador no disfruta de sus vacaciones dentro del año siguiente al que le corresponden, puede solicitar que se le paguen en dinero, siempre y cuando haya cumplido con los requisitos establecidos en la ley.

Además la LFT destaca que todo trabajador que haya laborado más de un año tiene derecho a un periodo anual de vacaciones pagadas, descanso que no puede ser menor a 12 días laborales.

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Foto: Cortesía 

Lo interesante es que, conforme pasa el tiempo, los días de descanso aumentan. Así se distribuyen:

  • Año 1: 12 días de vacaciones.
  • Año 2: 14 días.
  • Año 3: 16 días.
  • Año 4: 18 días.
  • Año 5: 20 días.
  • De 6 a 10 años: 22 días.
  • De 11 a 15 años: 24 días.
  • De 16 a 20 años: 26 días.
  • De 21 a 25 años: 28 días.
  • De 26 a 30 años: 30 días.

¿Qué sucede en caso de no tomar tus vacaciones?

La Ley Federal del Trabajo no establece una sanción específica por no tomar las vacaciones en el tiempo establecido. Sin embargo, el artículo 81 establece que las vacaciones deben disfrutarse dentro de los seis meses posteriores al cumplimiento de un año de servicio. Esto significa que, aunque debes tomar las vacaciones dentro de este período, no perderás tus días de descanso si decides tomarlos después.

Además, la ley establece que el patrón debe pagarte la prima vacacional correspondiente por cada día de descanso no disfrutado en el tiempo estipulado.

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