Sinaloa | 05/31/2016 | Margarita Núñez
Culiacán, Sin.- Diputados dieron primera lectura a la iniciativa presentada por los diputados priistas y panistas en la que proponen reformas al Código Penal para regular y sancionar los delitos informáticos como filtración de llamadas, suplantación de identidad y distribuir datos o información en medios electrónicos sin autorización legal del propietario, explicó la diputada Laura Galván.
Sinaloa se ha quedado rezagado en este tema y por ello este tipo de delitos se cometen regularmente en el anonimato.
Cometerá un delito informático quien se apodere, aproveche o utilice vía electrónica los documentos que contengan datos en computadoras, bases de datos, medios electrónicos, sistemas de computadores o redes informáticas, sin derecho y sin consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de los mismos.
“Los tiempos actuales nos han rebasado en materia de delitos electorales, en el tema de los medios electrónicos ya que ahora puedes cometer un delito no solo en una computadora, si no ya en una actividad diaria que tenemos que son los teléfonos inteligentes que podemos cometer y que se han tratado y que se han excusado en un anonimato y que no pasa nada a través de que se pueda cometer un delito, entonces es mejorar el marco jurídico”.
Intervención Ilegal de Comunicaciones Privadas:
Comete el delito de intervención ilegal de comunicaciones privadas el que interviene por cualquier medio una comunicación privada sin mandato de autoridad judicial competente, por lo que la iniciativa contempla que al responsable de este delito se le impondrán de 2 a 8 años de prisión y de 100 a mil días de multa.
Si el responsable de una intervención de comunicación privada, haya sido esta realizada de manera legal o ilegal, revela, divulgue o utilice ilegalmente o en perjuicio de tercero la información o imágenes obtenidas en tal intervención, se le impondrán de 3 a 12 años de prisión y de 200 a mil días de multa.
Delito Informático contra el Servidor Público Cometido por Servidores Públicos:
Al servidor público que esté autorizado o no para acceder a un sistema informático de cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal o Municipal, que indebidamente obtenga, copie o utilice la información vía electrónica, se le impondrá una pena de 6 meses a 6 años de prisión y multa de 90 a 500 días de multa e inhabilitación por un plazo igual al de la pena resultante para desempeñarse en otro empleo, puesto, cargo o comisión Pública.
Delito Informático contra la Administración Pública Cometido por Particulares:
A quien sin estar debidamente autorizado conozca, obtenga, copie o utilice la información vía electrónica, contenida en cualquier sistema informático de cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Estatal o Municipal, se le impondrán de 6 meses a 2 años de prisión y de 90 a 300 días de multa.
A quien estando debidamente autorizado se apropie, copie, utilice la información vía electrónica contenida en cualquier sistema informático de cualquier dependencia o administración pública, con la finalidad de obtener un beneficio de cualquier tipo para día o para un tercero, o provocar un daño a las instituciones públicas, se les impondrán se 6 meses a 3 años de prisión y de 90 a 500 días multa.
Delitos Informáticos contra la Procuración y Administración de Justicia
A quien indebidamente conozca, obtenga, copie o utilice información vía electrónica contenida en cualquier sistema informático de cualquier institución de seguridad o procuración de justicia se le impondrá una sanción de 6 meses a 6 años de prisión y de 90 a 400 días de multa, además si el responsable es servidor público se inhabilitará de 6 a 8 años para desempeñarse en otro empleo, puesto o cargo público.
Se le impondrá una pena de 6 meses a 7 años de prisión y multa de 90 a 500 días, a quien indebidamente obtenga, copie o utilice la información de medios electrónicos de estas dependencias.