Aumentan sanciones a conductores ebrios

Sinaloa | 06/28/2016 | Margarita Núñez

Asimismo se busca implementar un régimen de cero tolerancia para los menores de edad y para los conductores de transporte escolar, pasajeros, carga o de sustancias tóxicas o peligrosas.

Culiacán, Sin.- Diputados dieron primera lectura al dictamen que propone la aplicación del alcoholímetro y establece sanciones para quienes conduzcan en estado de ebriedad o bajo los influjos de alguna droga, el documento plantea reformas a la Ley de Tránsito y Transportes.

La intención de los operativos de alcoholímetro es que disminuyan los accidentes por manejar bajo los influjos del alcohol; asimismo se busca implementar un régimen de cero tolerancia para los menores de edad y para los conductores de transporte escolar, pasajeros, carga o de sustancias tóxicas o peligrosas.

El documento establece que las autoridades de tránsito instalarán de manera aleatoria en la vía pública operativos de alcoholímetro y podrán detener la marcha del vehículo cuando se lleven a  cabo los operativos, si al detenerlos, los agentes perciben que la persona está bajo el influjo de alcohol o una droga, se le aplicará la prueba y de ser positivo se le sancionará de la siguiente manera: 

Con una multa de 10 a 19 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a la persona que conduzca un vehículo automotor y se le detecte una cantidad superior  de 0.08 a 0.19 miligramos de alcohol por litro de aire respirado; y de 20 a 30 veces el valor diario a quien conduzca con una cantidad de alcohol superior de 0.20 a 0.39 miligramos.

Las sanciones también serán de arresto administrativo inconmutable de 12 a 24 horas a la persona que conduzca y se le detecte una cantidad de 0.40 a 0.65 miligramos de alcohol; y de 25 a 36 horas a quien se le detecte una cantidad mayor a 0.65 miligramos de alcohol por litro de aire respirado o estar bajo el influjo de alguna droga.

La amonestación podría implicar hasta la suspensión de la licencia de manejar en caso de reincidencia o revocación de la misma por segunda reincidencia.

Si el conductor se niega a someterse  a las pruebas, se arrestará por hasta 36 horas y en su caso las autoridades de tránsito podrían retirar el vehículo al conductor como medida de seguridad.

Tratándose de menores de edad que hayan cometido una infracción o se les detecte alcohol en su organismo, los agentes de tránsito deberán impedir la circulación del vehículo para posteriormente notificar a los padres, revocar la licencia de aprendiz e imponer las sanciones que procedan. 

Los requisitos para llevar a cabo los operativos serán los siguientes:

• Establecerse en lugares de máxima visibilidad, con iluminación necesaria y seguridad adecuada para los conductores y el personal de los operativos.

• Un área de acercamiento inicial o primer contacto

• Área de prueba de alcoholimetría.

• La presencia por lo menos de un médico, así como de un representante del Órgano Interno de Control Municipal y  de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, asimismo se procurará la presencia de un representante de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

• Imprimir el resultado de prueba de alcoholimetría

• Contar con todos los recursos materiales establecidos en el Programa Nacional de Alcoholímetro.

• Para esto las autoridades municipales tendrán que realizar convenios de colaboración con las autoridades estatales.



MÁS NOTICIAS