Sinaloa | 01/16/2018 | Felícitos Trujillo
Culiacán, Sin.- Las sentencias que dictan los tribunales de amparo son de obligatorio y forzoso cumplimiento para todas las autoridades electas o no, incluso para aquellas que no intervinieron en la comisión o producción del acto reclamado, pero que por sus funciones tengan injerencia para lograr su cumplimiento, explicó Enrique Inzunza Cázarez.
El Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia en Sinaloa se refirió a lo anterior tras la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de destituir al alcalde de Paraíso (Tabasco), sus regidores y dos funcionarios por incumplir una sentencia de amparo a favor de 23 extrabajadores que exigían el pago de laudos.
“Decía el Doctor Armienta Calderón que sentencia que no se cumple es justicia que no se imparte, de ahí la necesidad de que el sistema constitucional prevenga los mecanismos para obligar a toda autoridad, incluso a los particulares, para que cumplan las sentencias que son del orden público".
"Si el cumplimiento de las sentencias quedara librado a la voluntariedad, a la buena disposición de las partes, estaríamos hablando de que el sistema de justicia sería nulo y nula también la posibilidad de que las personas encontraran protección y tutela de sus derechos”, explicó.
El Magistrado indicó que esta misma situación puede darse en Sinaloa, cualquier otra entidad o el orden federal, ya que el cumplimiento de las sentencias de amparo es vinculante y obligatorio para roda autoridad del ámbito, materia o nivel que sea.