Sinaloa | 05/26/2018 | Rodrigo Bonilla
Culiacán, Sin.- Desde hoy entran en vigor las reformas al Código Penal de Sinaloa, donde se establecen las sanciones que se aplicarán en caso del uso indebido de los servicios de emergencia.
El decreto de adición al Código Penal del Estado, en su nuevo capítulo IV denominado “Uso indebido de los servicios de emergencia”, tipifica como delito la realización de llamadas falsas al número de emergencia 911.
A partir de hoy, las personas que realicen llamadas o mensajes de alerta al sistema de emergencia sin una razón que lo justifique, serán sancionadas con 3 a 6 meses de prisión y de 18 a 36 días de multa.
También se castigara a quien por hacer llamadas en falso que causen un daño, alteren el orden público o se distraigan a las corporaciones de seguridad, se impondrá de uno a dos años de prisión y de 72 a 200 días de multa.
Para quienes de manera continua hacen llamadas en falso al 911 el castigo se incrementa de dos a cuatro años de prisión y de 250 a 400 días de multa.
En el caso de los menores que realicen esta conducta antisocial, se les castigará de acuerdo a lo establecido en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa y en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.