Corte admite recurso de la CNDH contra "Ley Bonilla"

País-Mundo | 11/05/2019 09:21:00 p. m. | Notimex

La SCJN admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovió la CNDH en contra de la llamada “Ley Bonilla”, que amplía el periodo de mandato.

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la llamada “Ley Bonilla”, que amplía de dos a cinco años el periodo de mandato del gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez.

Este asunto se acumulará con los medios de control constitucional que presentaron los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano y el Partido de Baja California.

Los recursos fueron asignados para su estudio a la ponencia del ministro José Fernando Franco González-Salas, al igual que la controversia constitucional que promovió la administración de Francisco Vega de Lamadrid, exgobernador de ese estado.

Sobre el recurso de la CNDH "se tiene por presentado al promovente y se admite a trámite la acción de inconstitucionalidad que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que se puedan advertir de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”, señaló la Corte en su lista de acuerdos.

Además autorizó la solicitud del promovente en el sentido de que se autorice el uso de medios electrónicos para la reproducción de las constancias que obren en los autos del actual medio de control constitucional.

Ello, aclaró, "bajo apercibimiento al peticionario para que haga uso de cualquier medio digital, fotográfico o cualquiera que resulte apto para reproducir el contenido de las actuaciones y constancias existentes en el presente asunto, excepto las de carácter confidencial o reservado que no resulten necesarias para el ejercicio de una adecuada defensa".

Asimismo determinó dar vista a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Baja California para que rindan su informe dentro del plazo de seis días naturales, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del acuerdo.

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