Pide Teesin a Morena restituir derechos políticos al “Químico” Benítez

Sinaloa | 01/30/2021 04:24:00 p. m. | Perla Sánchez

La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena en las próximas 24 horas deberá notificar la sentencia y emita un nuevo acuerdo.

Culiacán, Sin.- Luego que la Comisión de Honestidad y Justicia de Morena suspendiera los derechos partidarios al alcalde de Mazatlán, Luis Guillermo Benítez Torres, este sábado el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa ordenó al partido político restituir sus derechos.

Durante la sesión pública del Teesin, la magistrada Verónica García Ontiveros, exhortó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena que, en las 24 horas siguientes, se notifique la sentencia y emita un nuevo acuerdo en el que justifique el inicio del procedimiento sancionador electoral por los hechos expuestos en las quejas.

“En consecuencia, el proyecto de resolución para la Protección de los Derechos Políticos del Ciudadano TEESIN-JDP-07/2021 se resuelve, primero se revoca el acto impugnado para los efectos precisados, segundo, se le restituyen el goce de los derechos partidarios como militante del partido político Morena al ciudadano Luis Guillermo Benítez Torres, tercero, se ordena a la Comisión de Honestidad y Justicia el cumplimiento de lo ordenado en la presente sentencia en un plazo de 24 horas posteriores a la notificación de la misma”, asentó.

Al emitir la sentencia, el Pleno del Tribunal determinó que si bien las conductas atribuidas a Luis Guillermo Benítez Torres podrían conocerse normalmente, conforme a la normatividad de Morena, lo cierto es que las circunstancias fácticas del asunto que se analizó, como por ejemplo que las quejas se presentaron durante el desarrollo del proceso electoral local; que los hechos materia del procedimiento impactan en la contienda respectiva al tener como pretensión, por parte de los quejosos, la suspensión de los derechos partidistas del actor para participar en el proceso interno de Morena para elegir candidato a gobernador, así como la suspensión de derechos decretada, llevaron a la convicción de las magistradas y el magistrado del Tribunal de que el agravio expuesto por el demandante era fundado.

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