¿Trabajaste ayer lunes? Esto deberán de pagarte en la quincena

Sinaloa | 11/16/2021 05:00:00 p. m. | Alexis Morales

>De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el haber trabajado en este día festivo se debe de ver reflejado en la nómina, pues no es negociable para intercambiarse por otro día de descanso.

Si eres de los que trabajó el día lunes 15 de noviembre y no tuvo un «fin de semana largo», entonces deberás de ver un «extra» en tu quincena, ya que por haber trabajado en este día festivo se te deberá de pagar «el triple».

El delegado en la zona sur de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, Martín Luis Morales Acuña, explicó que la ley es clara al dictar que este día trabajado se debe de pagar monetariamente pues no es negociable para intercambiarlo por otro día de descanso.

Dicho día se refiere al tercer lunes de noviembre, con motivo de suspensión de actividades por el aniversario de la Revolución Mexicana.

«Está contemplado como un día de descanso obligatorio, en el artículo 76 la Ley Federal del Trabajo nos marca que el día 20 de noviembre es un día hábil, día festivo: a las personas que decida el patrón ponerlos a trabajar tienen que ser compensados con el pago de forma triple. Es decir, tu salario más dos… no se vale intercambiarlo con el afán de no pagarles el día triple y darte cualquier otro día de descanso… Obviamente si te lo quieren cambiar pues que te paguen el equivalente, otros dos días, pero no queda siempre como una forma de que sea así, no está contemplado que sea método de cambio el día de descanso obligatorio de ayer lunes 15, no es negociable», sostuvo.

El experto en leyes hizo un llamado a los trabajadores que no vean reflejado este pago en la quincena del 30 de noviembre a que se acerquen a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a poner su queja.

Morales Acuña detalló que los patrones que incurran y reincidan en esta falta pueden llegar a ser sancionados económicamente; y aunque no reveló los montos porque dijo que pudieran estar actualizándose, sí mencionó que en otras ocasiones se han puesto multas que oscilan entre los 6 mil y los 48 mil pesos a patrones que omiten el pago completo a sus trabajadores.

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