¡Histórico! Congreso de Sinaloa aprueba la interrupción legal del embarazo

Sinaloa | 03/08/2022 04:28:00 p. m. | Perla Sánchez

>Con la aprobación del dictamen ante el pleno, el tiempo límite para que una mujer aborte es a las 13 semanas de gestación, de hacerlo después, se le impondrá una amonestación.

Con 28 votos a favor de los diputados, 2 en contra, 9 abstenciones y una ausencia, el Congreso del Estado aprobó el dictamen que establece reformas como temporalidad para que las mujeres de Sinaloa tengan permitido hasta las 13 semanas de gestación como fecha límite para abortar.

El dictamen, que contiene modificaciones al Código Penal, la Ley de Salud, Código Familiar, Código Civil y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, todas del Estado de Sinaloa.

Con esta aprobación, las instituciones públicas de salud están obligadas a garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal médico y de enfermería suficiente de carácter no objetor para asegurar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles.

A la mujer o persona gestante que interrumpa el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá una amonestación, y de uno a tres meses de medidas integrales, mismas que corresponderá decretar a la autoridad judicial y podrán ser en materias de salud, educación o de cualquier índole, tendentes a la protección y orientación social de la persona sancionada.

Asimismo, a la persona que apoye a interrumpir el embarazo después de las 13 semanas se le impondrá de veinte a cincuenta días de trabajo en favor de la comunidad o de doscientos a setecientos días multa.

Otros aspectos contemplados en el dictamen establecen que comete el delito de interrupción forzada del embarazo, la persona que mediante cualquier medio y en cualquier momento produzca o practique la finalización anticipada del proceso de gestación a la mujer o persona gestante sin su consentimiento. El delito de interrupción forzada del embarazo podrá ser sancionado en grado de tentativa.

Y abunda que al responsable del delito de interrupción forzada del embarazo se le impondrán de dos a ocho años de prisión, y si además se produce la pérdida de la aptitud o capacidad reproductiva de la víctima, o bien se empleare engaño, violencia física o moral, se impondrán de tres a nueve años de prisión.

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