Sinaloa | 12/02/2022 11:29:00 a. m. | Esthela García
Te decimos quiénes tienen derecho, cuándo deben pagarlo, cuánto te corresponde y todas las preguntas más comunes.
Llegó diciembre y la fecha para el pago de aguinaldos a los trabajadores, como lo establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que obliga al sector patronal a remunerar con una parte proporcional del salario a sus trabajadores, para final de año.
¿Cuándo se paga el aguinaldo 2022?
La Ley Federal del Trabajo señala que los empleados tienen derecho a recibir el aguinaldo antes del 20 de diciembre, de lo contrario pueden denunciar ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
¿Cuánto me toca?
El aguinaldo debe ser el equivalente a 15 días de salario.
¿Qué pasa si no tengo un año trabajando?
Los trabajadores que no hayan cumplido un año podrán recibir la parte proporcional de lo que se estipula en su contrato y si el trabajador renuncia antes de que se otorgue, también se podrá recibir el correspondiente proporcional. Esto se calcula dividiendo la quincena que recibe el trabajador entre los 365 días del año y multiplicando esa cantidad, por los días que el empleado haya trabajado.
¿Quiénes tienen derecho?
Todos los trabajadores cuya relación se rija por la Ley Federal del Trabajo, incluso, si son empleados eventuales o de confianza.
Si pedí incapacidad ¿Tengo derecho?
Si se tiene incapacidad por maternidad, por salud o permiso de paternidad, los trabajadores sí tienen derecho a recibir su aguinaldo completo.
¿El aguinaldo aumenta con la antigüedad?
La prestación del aguinaldo no aumenta aunque tengas muchos años trabajando en la misma empresa, la única forma de que incremente es si el trabajador recibe un aumento de sueldo.
¿Qué pasa si mi salario es variable?
Los trabajadores que estén amparados con la Ley Federal del Trabajo y se desempeñen cómo vendedores, agentes de comercio, agentes de seguro, propagandistas, etcétera, deberán promediar el ingreso de los últimos 30 días laborados, esto se aplica principalmente para quienes trabajan y estén amparados con la Ley Federal del Trabajo.
¿Se pagan impuestos por el aguinaldo?
El aguinaldo si está sujeto a los impuestos correspondientes, a menos que no supere 30 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA), correspondiente a 80.60 pesos diarios.
¿Qué puedo hacer si no me pagan aguinaldo?
El trabajador tiene un año a partir del 20 de diciembre para poder reclamarlo ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Tu salario diario multiplicado por 15 días laborados. El salario mínimo en Sinaloa es de $172.87 pesos diarios, el aguinaldo sería de 2 mil 593 pesos.
Si no trabajaste un año completo, se calcula de la siguiente manera.
El ingreso mensual bruto dividido entre 30. Se multiplica por 15. Dividirlo entre 365. Una vez que se obtenga el resultado deberá ser multiplicado por los días que se trabajó.
Como ejemplo, supongamos que una persona recibe 10 mil pesos de sueldo y trabajó 200 días, en lugar de un año. 10000/30 = 333.333 Multiplicar 333.33 (sueldo diario) por 15 (número de días oficiales).
La cantidad obtenida es 5000. Dividir 5 mil entre 365 para saber lo que le corresponde por cada día = 13.698. Por último, multiplica 13.698 por los días que la persona trabajó = 13.698 x 200. El trabajador recibirá de aguinaldo 2 mil 739.6 pesos.