Sinaloa | 01/17/2023 11:10:00 a. m. | Esthela García
El pasado 15 de enero entró en vigor la Ley General de Control de Tabaco que prohíbe la exhibición directa de cigarros en restaurantes, plazas comerciales, tiendas y cualquier establecimiento comercial, en caso de no cumplir con estas medidas se aplicará una multa entre 60 a 500 mil pesos.
Para el presidente de la Confederación Patronal Mexicana (Coparmex) en Los Mochis, es una medida ilógica e incongruente, pues son los mismos legisladores que hoy penalizan el tabaco los que aprobaron el consumo y siembra de mariguana.
Destacó que como organismos empresariales todos están en contra de ese reglamento, pues desde un principio no siguió el proceso legislativo que debe seguirse para hacer un reglamento de ese tamaño y en segundo lugar atenta contra el libre comercio y contra los derechos de los consumidores.
Dijo que están de acuerdo en tomar en serio la prevención en materia de salud, pero consideró que quitarlos de un anaquel no bajará el consumo.
El reglamento de la Ley General de Control de Tabaco tiene las siguientes sanciones:
-Multas desde 60 mil y hasta de medio millón de pesos
-Clausura por permitir a los clientes fumar en sus instalaciones, e incluso cancelación de la licencia sanitaria.
El 16 de diciembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto de la Ley General para el Control del Tabaco como la eliminación de zonas para fumar en restaurantes, bares, hoteles, salones de fiestas, centros comerciales y comercios.
Los empresarios señalan que podrían presentarse amparos ante esta medida que atenta, principalmente, contra el libre comercio y los derechos de los consumidores.