Prestaciones laborales 2023: ¿Qué otras debes de recibir antes de fin de año?

México | 12/07/2023 07:30:00 a. m. | Adriana Ochoa

Ya estamos en el mes más bonito, lleno de regalos y fiestas y también de pagos por parte de tu empresa, entérate qué te deben depositar.

El aguinaldo es reconocido como una de las gratificaciones más esperadas por los trabajadores al finalizar el año, pero ¿sabías que no es la única prestación a la que tienen derecho los empleados?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece diversas retribuciones que las empresas deben cumplir antes de que termine el año.

Más allá del aguinaldo, los trabajadores tienen derecho a otras prestaciones, como vacaciones, prima vacacional, seguridad social y el pago correspondiente por el trabajo realizado. Estos beneficios, establecidos por la ley, son parte de los derechos laborales de los empleados.


Conoce cuánto dinero recibirás en fin de año. | FOTO: Temática.

Además de aguinaldo, ¿hay otras prestaciones que debes recibir antes del 20 de diciembre?:

Días feriados:

El 25 de diciembre y el 1 de enero de 2024 son días de descanso obligatorio con goce de sueldo. Si por alguna razón el empleador solicita que el trabajador labore en estos días, se debe pagar un salario doble por el servicio prestado.

Prima dominical:

Es el monto adicional que se paga al trabajador por laborar el domingo cuando su día de descanso es otro día de la semana. Esta prima equivale al 25% sobre el salario ordinario diario.

Vacaciones:

Según la ley, todos los trabajadores tienen derecho a vacaciones pagadas a partir de un año de servicios, que en ningún caso pueden ser inferiores a 12 días laborables. Estos días aumentan en dos por cada año laborado, llegando hasta 32 días.

Algunas empresas otorgan estos días durante las fiestas de diciembre y la primera semana de enero.

Prima vacacional:

Es el pago adicional para el disfrute de las vacaciones. Corresponde al menos al 25% de lo que el trabajador percibe por día, según la LFT.


Estas prestaciones son el mínimo establecido por la LFT, pero es posible que los contratos, tanto individuales como colectivos, establezcan beneficios adicionales para los empleados.

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