México | 02/26/2024 09:57:00 a. m. | Adriana Ochoa
En México, la adquisición de una vivienda puede representar un desafío para muchas personas, razón por la cual existen diversas alternativas para asegurar un patrimonio familiar.
Entre estas opciones se encuentran los créditos bancarios, de contado o los créditos hipotecarios del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Sin embargo, muchos beneficiarios se preguntan qué ocurre en caso de fallecimiento y aún adeudar al Infonavit.
FOTO: Luz Noticias.
Una preocupación común entre los beneficiarios del Infonavit es qué sucede si fallecen sin saldar su deuda. En este sentido, el Instituto proporciona un seguro de vida denominado Autoseguro por Defunción.
Este seguro, en caso de fallecimiento del titular del crédito, exonera a los responsables de seguir realizando los pagos. Si se cumplen los requisitos establecidos, el Autoseguro por Defunción libera la deuda. Para obtener más detalles sobre este procedimiento, se puede consultar el portal «Soluciones para ti Infonavit».
Además, se recomienda realizar un testamento donde se designen los beneficiarios de la vivienda, independientemente de la edad o condición de salud del titular, en base al artículo 51 de la Ley del Infonavit.
Ante situaciones de incapacidad total o invalidez parcial del 50% o más, según lo dictaminado por el IMSS, ISSSTE o Profedet, el Infonavit ofrece una solución. Los beneficiarios pueden optar por utilizar un seguro que les permite suspender los pagos mensuales durante un máximo de dos años, sin que estos se acumulen a su deuda.
Para obtener más detalles sobre estos procesos y soluciones disponibles, se invita a visitar el portal «Soluciones para ti Infonavit». En resumen, el Infonavit ofrece medidas de protección y apoyo para los beneficiarios y sus familias en situaciones de fallecimiento o incapacidad, buscando garantizar la estabilidad y seguridad patrimonial de los trabajadores afiliados.