Utilidades 2024: por esta razón podrás no recibir esta prestación tan esperada

México | 04/11/2024 08:18:00 p. m. | Orlando Medina

Millones de trabajadores esperan las utilidades del 2024, sin embargo, no todos podrán recibirlas.

En México los trabajadores que se encuentran en el sector formal cuentan con varias prestaciones respaldadas por la Ley Federal del Trabajo, y una de ellas son las utilidades, las cuales muchos están por recibirlas, sin embargo, algunos empleados en este país no serán beneficiados con esta prestación. 

Lo primero que hay que dejar en claro es que las utilidades es una prestación laboral en la que las empresas reparten un porcentaje de sus ganancias entre sus trabajadores, esto siempre y cuando haya excedido los 300 mil pesos de ingresos declarados. 

Según lo indica la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, aquellos trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año correspondiente del reparto de utilidades son los que tienen derecho a recibir esta prestación.

En contraste, los empleados que son trabajadores domésticos, eventuales por menos de 60 días, gerentes generales, socios o accionistas, directores, administradores, profesionales, técnicos y empleados por honorarios, son los que no tienen derecho a recibir utilidades


¿Cuándo se pagan las utilidades en México?

Si eres uno de los empleados que cumplen con los requisitos para recibir esta prestación que indica la Ley Federal del Trabajo, debes saber que las disposiciones legales vigentes establecen que el jefe o patrón está legalmente obligado a efectuar el pago de las utilidades dentro de un periodo acordado por la ley. 

Según la información compartida, en caso de que el empleador sea una empresa, o dicho de otro modo, una persona moral, deberá cumplir con el pago de las utilidades desde el 1 de abril hasta el 30 de mayo

Por otro lado, si el empleador es una persona física, el plazo para pagar las utilidades a los trabajadores es del 1 de mayo hasta el 29 de junio

Cabe agregar, que los patrones que decidan omitir cumplir con esta prestación para sus trabajadores pueden tener duras multas, algo que establecen los artículos 992, penúltimo párrafo y 994, fracción 2 de la Ley Federal del Trabajo.

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