SAT: ¿debo tramitar el RFC si no trabajo? Esto dicen las autoridades

07/31/2024 05:27:00 a. m.

En el imaginario colectivo, los trámites del Servicio de Administración Tributaria (SAT) son aquellos que más generan dudas. Una de ellas es: ¿debo solicitar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) aunque no tenga trabajo? También te puede interesar: ¿Es verdad que el SAT está deteniendo paquetes de Shein y Temu?

El RFC es una clave ofrecida por el SAT que se compone de 13 caracteres, cada uno tiene un  significado: las primeras cuatro letras corresponden al nombre del contribuyente; del quinto al décimo, se expresa la fecha de nacimiento y, por último, los tres dígitos finales son "diferenciadores únicos" que permiten que no haya otro registro similar.


Cabe aclarar que tener RFC no sólo se ha vuelto indispensable para diversos procesos o trámites, sino que por ley es una obligación. Sin embargo, si no tienes trabajo, tener este registro no significa que debas pagar impuesto, pues no poseen ingresos.

Para tener RFC, pero no pagar impuestos al SAT, se debe ingresar al Régimen de Personas Físicas sin obligaciones fiscales. Con esta opción, el ciudadano se suma al padrón, pero no adquiere obligaciones como solventar contribuciones, presentar declaraciones y, por ende, no es objeto de sanciones. Lo mejor, el RFC se adquiere en línea.

En el momento en que se empiece a laborar formalmente, se deberá cambiar de Régimen del SAT para, entonces, ser contribuyente de los impuestos correspondientes al tipo de actividad productiva que se haga; la modificación puede hacerse en cualquier momento.


¿Qué ventajas hay de tener RFC del SAT?

Si no tienes trabajo, obtener esta clave alfanumérica te facilitará los procesos, pues prácticamente es solicitada en cualquier empleo formal; contar con él, te dará ´ventaja´ a la hora de formalizar el contrato. Asimismo, puedes solicitar la e-firma, la cual tiene diversas utilidades, dentro de las que destacan el trámite de la cédula profesional.

Ahora lo sabes, tener RFC no es obligación a pagar impuestos y puedes tramitarlo desde los 16 años, según el sitio web oficial del SAT.

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