09/26/2024 07:19:00 a. m.
La cancelación de un concierto suele ser más común de lo que parece y el caso más reciente se vivió en Culiacán, pues la presentación de Luis Miguel fue suspendida debido a la ola de violencia que atraviesa la ciudad.
Esta no es la primera ni la última vez que un artista toma esta decisión por causas de fuerza mayor; en esos casos, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene el paso a paso sobre cómo debes proceder para pedir tu reembolso correspondiente.
De acuerdo con el Artículo 7 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), los proveedores están obligados a informar y respetar:
-Precios
-Fechas
-Modalidades
-Reservaciones
-Y demás condiciones conforme a las cuales se hubiera ofrecido, obligado o convenido con el consumidor la prestación del servicio.
Si el evento cambió para una nueva fecha, como consumidor puedes hacer efectivas las entradas en la nueva fecha o solicitar el reembolso, el cual deberá incluir el costo del boleto y los cargos por servicio
Si el evento se canceló definitivamente, el proveedor debe informar al consumidor sus canales de atención y fechas en que efectuará el reembolso de lo pagado por la entrada al evento, más los cargos por servicio.
En ambos casos, al no realizarse el evento en la fecha programada y acordada, tienes derecho a que se te compense por un monto no menor al 20% del precio pagado.
Cuando las causas de la cancelación o cambio de fechas de un evento sean imputables al promotor o boletera del evento (proveedor), de conformidad con lo señalado en el artículo 92 Bis de la LFPC.
Algunas causas no imputables pueden ser: