11/05/2024 06:26:00 p. m.
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) es conocida por sus cortes de luz cuando los usuarios acumulan deudas. Sin embargo, existen excepciones importantes que debes conocer.
Aunque la CFE tiene el derecho de suspender el servicio por falta de pago, existen dos situaciones en las que está estrictamente prohibido cortar la luz:
Hogares con personas con discapacidad: Si en tu casa vive alguien con alguna discapacidad, ya sea física, mental o sensorial, y está debidamente registrado como tal ante las autoridades competentes, la CFE no puede cortar el suministro eléctrico, ni siquiera si tienes adeudos.
Hogares con adultos mayores en condiciones vulnerables: Si en tu hogar vive una persona de la tercera edad que no cuenta con los recursos económicos suficientes para cubrir el pago del servicio eléctrico, la CFE tampoco puede realizar el corte.
Estas excepciones se establecen con el objetivo de garantizar el bienestar de los grupos más vulnerables de la población. La falta de electricidad puede tener consecuencias graves para la salud y la calidad de vida de personas con discapacidad o adultos mayores, especialmente durante periodos de calor extremo o frío.
Importante:
No significa que no debas pagar: Aunque estés exento del corte, es tu responsabilidad mantener al día tus pagos con la CFE.
Busca acuerdos de pago: Si tienes dificultades para pagar tu recibo, acércate a la CFE para buscar un plan de pagos que se ajuste a tus posibilidades.
Si te encuentras en alguna de las situaciones mencionadas anteriormente y la CFE te corta el servicio, tienes derecho a presentar una queja formal ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) o ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE).