11/06/2024 07:56:00 a. m.
La Comisión Federal de Electricidad (CFE) cuenta con el derecho de suspender el suministro de energía eléctrica cuando un usuario acumula deudas, pero existen dos excepciones importantes que protegen a ciertos grupos vulnerables y que prohíben que la CFE corte el servicio, incluso en caso de falta de pago.
La CFE tiene prohibido cortar el servicio eléctrico en los siguientes casos:
Estas disposiciones buscan proteger a los sectores de la población que enfrentan mayores riesgos ante la falta de electricidad.
La interrupción del servicio puede impactar severamente en la calidad de vida y en la salud de personas con discapacidad y adultos mayores, especialmente durante temporadas de calor o frío extremo, cuando el acceso a la electricidad se vuelve crucial para mantener condiciones de vida seguras.
Aunque estos grupos estén exentos de los cortes de luz, esto no significa que el adeudo quede sin efecto. Los usuarios deben mantenerse al día con sus pagos o buscar alternativas para saldar la deuda.
La CFE ofrece opciones de pago en caso de dificultades económicas, por lo que es recomendable acercarse a la institución para negociar un plan que permita cubrir el monto adeudado.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones y la CFE interrumpe el suministro de manera indebida, puedes presentar una queja formal ante la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) o la Comisión Reguladora de Energía (CRE). Estos organismos pueden intervenir para garantizar que se respeten tus derechos como usuario.
Recomendaciones:
Estas disposiciones buscan equilibrar el derecho al acceso de servicios esenciales para todos los mexicanos, protegiendo especialmente a quienes más lo necesitan.