02/06/2025 11:20:00 a. m.
Las pensiones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores (ISSSTE) son sin duda alguna uno de los mejores apoyos económicos con los que cuentan la población mexicana retirada.
Estas son prestaciones económicas otorgadas a las personas que cumplen con los requisitos de edad y cotización requeridos.
Estos programas forman parte de los sistemas de Seguridad Social en México y tienen como objetivo garantizar ingresos equilibrados para las y los beneficiarios una vez que concluyen su vida laboral activa, ya que se supone que ya no pueden continuar trabajando.
Según datos oficiales, son más de 4 millones de mexicanos que se benefician con la pensión IMSS, mientras que ISSSTE atiende a poco más de 1 millón de pensionados.
Año con años de acuerdo a los movimientos de la economía en el país, la cantidad de sus depósitos puede verse afectada de manera positiva, recibiendo una cantidad mayor a la del año anterior.
El deposito de pago en la pensión del IMSS será el día 3 de marzo, durante el transcurso de ese día estaría llegando el deposito a su tarjeta. En caso de retrasos, se recomienda esperar un día hábil adicional y, si el pago no se refleja, comunicarse con el instituto de seguridad social a través de sus canales de atención.
El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores ha programado su fecha de pago para este 28 de febrero, entregando con algunos días de anticipación el pago a sus pensionados, si el pago no se refleja en la cuenta de la o el pensionado a final de cada mes, se aconseja esperar un día hábil antes de aclaraciones.
Pensión del IMSS: Se otorga a trabajadores del sector privado que han cotizado al IMSS durante su vida laboral. Existen diferentes tipos como por vejez, cesantía en edad avanzada, invalidez, viudez, orfandad y ascendencia. Los montos dependen del régimen de pensión bajo el que se jubilaron (Ley 1973 o Ley 1997).
Pensión del ISSSTE: Está dirigida a trabajadores del sector público y se rige bajo dos esquemas: el Régimen de Reparto (Ley 1983) y el Régimen de Cuentas Individuales (Ley 2007). Al igual que en el IMSS, los montos y condiciones varían según el régimen en el que el trabajador esté inscrito.