México
Pago de Marcha: en qué consiste y en cuáles programas aplica
La Secretaría del Bienestar ofrece un apoyo económico a las familias por motivo de fallecimiento.
FOTO: archivo.
El Gobierno de México, a través de la Secretaría del Bienestar, ofrece un apoyo económico denominado «Pago de Marcha», en caso de fallecimiento de la persona beneficiaria de la Pensión para Adultos Mayores o la Pensión para Personas con Discapacidad.
¿A quienes sí y a quienes no?
- El Pago de Marcha se otorga en una sola ocasión y consiste en un monto de 2 mil 400 pesos para la Pensión para Adultos Mayores y de mil 475 pesos para la Pensión para Personas con Discapacidad.
¿Cómo se solicita?
- Para solicitar este apoyo, se debe notificar el deceso del derechohabiente lo más pronto posible en alguno de los Módulos del Bienestar o mediante la Línea del Bienestar.
- Además, el adulto auxiliar debe estar previamente registrado en el programa correspondiente y no haber recibido ningún pago en el bimestre de fallecimiento del beneficiario o posterior a esa fecha.
- Es importante que el adulto auxiliar acuda al módulo con una identificación oficial y el original del acta de defunción y/o constancia médica emitida por alguna institución oficial pública que certifique dicha circunstancia, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento. En caso contrario, se perderá el derecho a este apoyo.
- Si el derechohabiente no hubiera registrado a un adulto auxiliar, el Comité Técnico del programa determinará bajo circunstancias especiales el otorgamiento del apoyo. Una vez realizado el trámite correspondiente, el Pago de Marcha será emitido en el bimestre siguiente.
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