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No procede amparo de la UAS sobre Ley de Educación Superior
La queja fue desechada al no encontrarse agravios.
No procede amparo de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), respecto a la Ley de Educación Superior del Estado.
Un Juez del Séptimo Distrito del Estado de Sinaloa comenzó a dictar las resoluciones de sobreseimiento respecto a los amparos presentados por la UAS, presentada por Claudia Naysin Bañuelos Mendoza para solicitar el amparo y protección de la ley federal.
En el caso este amparo con número 126/2023, el juez establece que los actos de improcedencia son la inexistencia de una afectación individual o colectiva real, ya que sus argumentos están dirigidos a defender a la UAS y a sus autoridades.
«Lo expuesto pone de manifiesto la inexistencia de una afectación individual o colectiva, calificada, actual, real y jurídicamente relevante para la parte quejosa, pues sus argumentos en realidad están dirigidos a defender directamente a la UAS y a sus autoridades», se expresa en el documento.
Precisó que en el amparo la parte quejosa no demuestra que se afecte su esfera jurídica. Por ejemplo, el derecho de cátedra, por algún impedimento, o bien, algún perjuicio económico.
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