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Aguinaldo 2023: ¿Familia de fallecidos puede recibir esta prestación?

Si un familiar o tu pareja fallecieron durante el año, debes saber que el pago de esta prestación es posible si se cumplen alguno de estos requisitos

Ingrid Mateos
29/11/23

Aguinaldo 2023: ¿Familia de fallecidos puede recibir esta prestación?

La época decembrina es un buen momento para realizar pagos, comprar regalos para tus seres queridos, pero también para recibir el aguinaldo, prestación que debe ser dada sin excusas a todos los trabajadores mexicanos.

Sin embargo, si durante este año sufriste la triste experiencia de perder a un familiar, la pregunta que muchas personas se hace es si la familia de fallecidos puede heredar el aguinaldo

En pocas palabras, el aguinaldo sí puede ser heredado, pero solo si se siguen uno de los dos procedimientos. 

De acuerdo a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, las personas que pueden recibir el aguinaldo de una persona fallecida son aquellos que fueron listados como beneficiarios.

Poe otra parte, si no existe el establecimiento de designación de beneficiarios, se deberá realizar un juicio de designación ante la Junta Federal o Local de Conciliación y arbitraje

A pesar de ser un proceso un poco tardado, esta es la única forma en la cual se puede cubrir el pago del aguinaldo de una persona fallecida

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Además, el pago de la prestación a los beneficiarios se llevará a cabo si el pago no se realizó mientras aún estaba vivo, conforme al artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). 

Este artículo también establece que las prestaciones de un empleado fallecido pueden reclamarse hasta un año después de la fecha de su fallecimiento.

¿Quiénes pueden ser los beneficiarios?

En caso de realizar el juicio ante Conciliación y Arbitraje, las personas que pueden proceder con este trámite legal son las siguientes

  • Viuda(o).
  • Hijos menores de 16 años y mayores de edad con discapacidad.
  • Padre o madre
  • La persona con la que convivió los 5 años anteriores a su muerte o con la que tuviere hijos(as), sin ser este(a) su cónyuge.
  • Las personas que dependían económicamente del trabajador; sin ser padre, madre, hijos (as), cónyuge o la persona con la que vivió por más de 5 años previos al fallecimiento.

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