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México

Viviendas del Bienestar 2025: Inicia la construcción en febrero en estas entidades

Tres estados de la república serán los primeros en beneficiarse del programa Viviendas del Bienestar este mes de febrero.

Nikol Gastélum
10/02/25

Viviendas del Bienestar 2025: Inicia la construcción en febrero en estas entidades

FOTO: Temática.

Durante una emisión más de la Mañanera con la Presidenta Claudia Sheinbuam Pardo, la titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, compartió la distribución de las obras próximas a arrancar su construcción para concretar el proyecto en los 32 estados a lo extenso del país.

La dependencia espera la instalación de 125 mil viviendas nuevas, 100 mil mejoramientos, la apertura de 235 mil empleos directos y 353 mil labores de forma indirecta para solo este año 2025. Cantidades muy significativas para la población mexicana.

Febrero 2025

Durante este periodo del año se espera obtener 44 predios, 149 hectáreas y la construcción de 20 mil 564 viviendas.

Los estados donde iniciaría la construcción de estas viviendas serían:

  • Estado de México
  • Baja California
  • Baja California Sur

Construcción en 2025

De acuerdo con el calendario de inicio establecido por la dependencia, el trabajo de obra tendrá una duración de seis meses. Este cronograma considerará los trabajos técnicos realizados en colaboración con los gobernadores y presidentes municipales de cada entidad, así como los acuerdos para facilitar el impulso del programa de Vivienda para el Bienestar.

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¿En qué otros estados se hará la construcción?

  1. Baja California: 493
  2. Baja California Sur: 704
  3. Coahuila: 157
  4. Colima: 831
  5. Durango: 360
  6. Hidalgo: 4 mil 489
  7. Michoacán: 2 mil 02
  8. Oaxaca: 50
  9. Puebla: 2 mil 541
  10. Querétaro: 20
  11. Quintana Roo: 85
  12. San Luis Potosí: 50
  13. Sinaloa: 155
  14. Tabasco: 5 mil 253
  15. Tlaxcala: 94
  16. Veracruz: 674
  17. Yucatán: 250

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¿Cómo acceder al programa?

Requisitos:

  • Ser una persona física mayor de 18 años de edad con dependientes económicos
  • No ser derechohabiente del Infonavit ni del Fovissste.
  • Acreditar residencia en el domicilio por lo menos 5 años.
  • No ser propietario de vivienda (certificado de no propiedad correspondiente a la entidad federativa; emitido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio).
  • Comprobante de ingresos (copia de recibo de nómina o declaración de ingresos).


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