Sección

Sinaloa | Centro

En Sinaloa puedes elegir si tus hijos llevan primero tu apellido o el de tu pareja; conoce el trámite

En Sinaloa ya no es obligación registrar a los niños con el apellido paterno antes que el materno, de acuerdo a la ley.

Diana Cruz
14/10/23

En Sinaloa puedes elegir si tus hijos llevan primero tu apellido o el de tu pareja; conoce el trámite

Esto se hace con la intención de que haya más igualdad. FOTO: Cortesía

En Sinaloa ya no es obligación registrar a los hijos con el apellido paterno antes que el materno, son los padres los que pueden elegir el orden de su nombre. 

Anteriormente era una obligación que, al momento de llegar al Registro Civil, en el acta de nacimiento se registraba al recién nacido con el apellido paterno y en segundo plano el materno.

La diputada, Gloria Himelda Félix Niebla, indicó que este cambio en la ley es importante porque busca eliminar la discriminación que se ejercía a las madres al momento de registrar a sus hijos solo por su género, además que en ocasiones son ellas que ven por sus hijos solas, sin ayuda paterna, o bien simplemente por decisión mutua. 

«Los progenitores derribarán el orden de permanencia de los apellidos de los menores… tenemos que trabajar en una sociedad más igualitaria, por ellos consideramos que esa resolución es acertada porque en esta corresponsabilidad se tiene las mismas responsabilidades por parte de los cónyuges», expresó.

¿Cómo solicitarlo?

Poner primero el apellido de la madre se puede solicitar en el registro civil y deberá ser por acuerdo de ambos padres.

No obstante, si por parte de los padres no existe la petición de cambiarlo, el orden será el tradicional, primero el apellido paterno y después el materno.

Esto ya está en la ley, ya que el pasado 11 de agosto de 2023, se publicó en el Diario Oficial del Estado de Sinaloa la reforma al artículo 34 del Código Familiar, en la cual establece que los padres por mutuo acuerdo, pueden establecer el orden de los apellidos de sus hijos de manera libre e informada, sin que esta determinación pueda ser restringida por razones de género. 

En 2016 la Suprema Corte de Justicia advirtió que era inconstitucional obligar a registrar a un recién nacido anteponiendo el apellido paterno. «La práctica de colocar el apellido del hombre primero relega a la mujer a un rol secundario en el ámbito familiar», de acuerdo al amparo presentado por el ministro Arturo Zaldívar. 

Por lo que el Congreso del Estado se puso a trabajar en ello y ajustó su Código Familiar para que actualmente sea una realidad en Sinaloa.

Te puede interesar:

×